JURADO POPULAR, OTRA VEZ EN CUESTIÓN. "Encontramos a don Francisco Camps Ortiz no culpable [...] por cinco votos a favor y cuatro en contra, al acusado don Ricardo Costa Climent [...] no culpable con cinco votos a favor y cuatro en contra". 5 a 4 como el resultado de un partido de fútbol. Con esta oración, el jurado ha emitido su veredicto y ha generado sonrisas y relajación en el banquillo de los acusados. El jurado ha precisado que los acusados no han recibido regalos "de forma continuada y en función de su cargo". O sea que no ha habido cohecho. ¿Qué alguien me explique por qué hemos importado algo tan poco fiable como el jurado popular aunque lo contemple el artículo 125 de la Constitución española? El jurado popular es una figura procesal clásica anglosajona, especialmente arraigada en Estados Unidos (donde se han ajusticiada tantas personas, que luego se probaron que eran inocentes, aunque ya era tarde). El primer juicio en España se celebró en 1996 y su recorrido ha estado salpicado por las críticas. Entre los casos resueltos con el veredicto de un jurado popular que causaron revuelo en la sociedad figura el del etarra Mikel Otegi, absuelto en 1997 del asesinato de dos ertzainas, cometido dos años antes. El caso Wanninkhof es un caso de error jurídico grave que sucedió cuando, en un ambiente de histeria popular creado por los medios de comunicación y en un juicio plagado de irregularidades por parte de las autoridades judiciales y policiales, Dolores Vázquez Mosquera fue declarada culpable por un jurado popular de la muerte de Rocío Wanninkhof quien había sido asesinada en octubre de 1999 cerca de Mijas (provincia de Málaga). Unos años después se descubrió el error al resolverse otro asesinato posterior, el de la joven Sonia Carabantes, en agosto de 2003 y descubrirse que el ADN del asesino de Sonia Carabantes coincidía con el ADN encontrado en pruebas del caso Wanninkhof. Como escribe en un artículo del periodista Eduardo San Martín "en mi opinión, la figura del jurado popular no la hace más democrática en estos tiempos e introduce, en cambio, dosis de incertidumbre como consecuencia de las reacciones emotivas y vulnerabilidad a las influencias de los jurados". Los requisitos para ser jurado son: ser español mayor de edad; estar en pleno ejercicio de sus derechos políticos; saber leer y escribir; ser vecino, al tiempo de la designación, de cualesquiera de los municipios de la provincia en que el delito se hubiere cometido, y no estar impedido física, psíquica o sensorialmente para el desempeño de la función de jurado. Con eso está dicho todo. La complejidad del caso de los trajes, una anécdota de la trama Gürtel, debió ser enjuiciada por un jurado profesional y, es más, la sombra, la sospecha de la compra de voluntades queda en el aire. Es mucho lo que se jugaba sobre todo el ex presidente de la Generalitat Valenciana, Francisco Camps. ¿Se podrá repetir el juicio? ¿Cabe recurso de casación? Un mal día para la justicia en España.
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